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Tipos de Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo puede celebrarse de forma escrita y oral, por tanto entendemos que hay contrato de trabajo cuando existe un acuerdo, entre trabajador y empresario, por el que se prestan unos servicios, siempre bajo la dirección del empresario, a cambio de una retribución económica.
Tipos de Contrato de Trabajo A pesar de lo mencionado en el apartado anterior deberán figurar en el formato oficial y por escrito la tipología de contratos que detallamos a continuación:
- El contrato en prácticas.
- El contrato para la formación.
- Los contratos que sean a tiempo parcial, fijo-discontinuo, de relevo.
- El contrato de trabajo a domicilio.
- El contrato por obra o servicio determinado.
- El contrato de inserción - Los contratos de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
- El contrato temporal cuya duración sea superior a 4 semanas.
De igual forma es importante señalar que si el contrato no se celebrara por escrito, se entenderá celebrado a jornada completa y con carácter indefinido, con la excepción de que se acreditara que fueron celebrados con carácter temporal o a tiempo parcial (por horas o media jornada).
El Contrato de Trabajo por Escrito
Según indica la Ley un contrato de trabajo por escrito debe contener las partes que detallamos a continuación:
- Datos de la Empresa y del trabajador.
- Fecha de inicio de la relación laboral y duración de la misma.
- Tipo de contrato que se celebra.
- Objeto del contrato, por lo que nos referimos a las funciones o categoría profesional a desempeñar por el trabajador en la Empresa.
- Condiciones para desarrollar el trabajo, tales como el lugar, los días de la semana y el horario.
- Fijación del correspondiente periodo de prueba.
- Duración de las vacaciones a que tiene derecho el trabajador.
- La remuneración a percibir por el empleado.
- El convenio colectivo que corresponda aplicar.
Una vez cumplimentado el contrato de trabajo debe ser firmado por empresario y trabajador, para posteriormente ser presentado en la Oficina del INEM que corresponda.
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