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La Prevención de Riesgos Laborales

La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero

En el ámbito de aplicación de la prevención de riesgos laborales están incluidas todas las relaciones laborales que se encuentran reguladas por el Estatuto de los Trabajadores, ya sean de carácter administrativo o estatutario del personal que trabaja al servicio de las administraciones públicas, así como la regulación de las obligaciones específicas para los fabricantes, importadores y suministradores.

La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que desarrolla la Ley, se han marcado los siguientes objetivos:

- La reducción de la siniestralidad laboral en España.

- La incorporación de nuestro ordenamiento al Derecho Comunitario.

- La regulación de forma unificada la dispersa normativa existente sobre la materia.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales toma como punto de partida a su desarrollo el derecho del trabajador a una protección eficaz, y por tanto el correlativo deber del empresario (como deudor de la seguridad).

Las obligaciones del empresario en el ámbito de Prevención de Riesgos Laborales son las siguientes:

- Calificación de todos los riesgos en la empresa y adopción de las correspondientes medidas de seguridad como respuesta de prevención.

- Realización periódica de controles sobre las condiciones de trabajo.

- Informar puntualmente a los empleados sobre los riesgos presentes y las medidas de de protección que se han adoptado para combatirlos.

- Impartir acciones formativas a los empleados en materia de prevención de riesgos laborales.

- Pruebas médicas y seguimiento constante del estado de salud de los trabajadores.

El empresario debe poner a disposición de la autoridad laboral la documentación que señalamos más abajo, con el objetivo de desarrollar correctamente las mencionadas obligaciones:

- Completa evaluación de riesgos existentes.

- Medidas de protección para ser adoptadas y el material de protección de obligado uso.

- Resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo.

- Controles de salud de los empleados.

- Detalle de accidentes laborales y de enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día laboral.

De igual forma los trabajadores también tienen las obligaciones que pasamos a detallar a continuación:

- Utilización adecuada de máquinas, herramientas, aparatos y equipos de trabajo.

- Uso correcto de medios y equipos de protección.

- Informar de cualquier riesgo existente o potencial a la empresa.

- Contribuir al cumplimiento de la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

- Cooperación con el empresario.

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